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Censo Municipal

Certificados, informes y volantes de empadronamiento

30.11.-1

CERTIFICADOS DE CONVIVENCIA Y DE EMPADRONAMIENTO

Se solicitarán en la instancia general existente en el Ayuntamiento.
Acompañan copia del D.N.I o documento análogo, en el caso de extranjeros tarjeta de residencia o pasaporte, en cualquiera de los casos siempre en vigor.
Se suele expedir en los casos en que el documento tenga que surtir efectos ante organismos judiciales, adquisición nacionalidad extranjera, pensiones del extranjero, trámites notariales, militares o autoridades extranjeras y cuando así lo requiera otro organismo por necesitar firma del Secretario General con el Vº Bº del Ilmo. Sr. Alcalde.
Tiempo de entrega máximo 3 meses


VOLANTES DE CONVIVENCIA Y EMPADRONAMIENTO

Documento de carácter informativo, en relación con la convivencia, la residencia y el domicilio habitual en el municipio. Es válido para tramitar D.N.I. Pasaporte, Jefatura de Tráfico (altas, transferencias, matriculación de vehículos, modificación de datos), bolsas de trabajo, universidad, parejas de hecho, aduanas, residencia de ancianos, bonificación en telefónica, solicitud de viviendas, bonos de piscinas, bonificación tarifa de agua, matrículas de institutos, colegios y guarderias, Trámites Agencia Tributaria, Colegiación ante colegios profesionales, Cursos de formación, adquisición de viviendas, Instalaciones municipales etc.

Los informes y volantes de convivencia y residencia, no requieren solicitud, se entregan al interesado o persona autorizada a la vista del D.N.I., o documento análogo, tarjeta de residencia o pasaporte en el caso de extranjeros, siempre en vigor. La documentación de los menores, deberá ser solicitada por persona mayor de 18 años, donde figure inscrito el menor, previa presentación del documento identificativo señalado en el párrafo anterior.

Los Certificados, Informes y Volantes de convivencia y de empadronamiento, se confeccionan en relación con la situación padronal de los interesados en la fecha y hora de su expedición y su vigencia es discrecional.


CERTIFICADOS E INFORMES HISTORICOS

Padrones anteriores a 1 de mayo de 1996, se solicitaran por instancia en el Registro General, donde se indicará domicilio de las personas a informar, tiempo de residencia necesario y causa que motiva su petición.
Tiempo de entrega máximo 3 meses.


INFORME O CERTIFICADO DE PADRÓN CON PERSONAS FALLECIDAS

Se solicita en el Registro General, deberá indicar fecha de la defunción y domicilio antes del fallecimiento. Se expedirá informe o certificado, siempre que el interesado hubiera figurado empadronado con el fallecido o justifique interés legítimo.
Tiempo de entrega máximo 3 meses.