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Censo Municipal

Notificar Cambio de Domicilio

30.11.-1

Impreso de cambio de domicilio debidamente cumplimentado y firmado por todos los mayores de edad.En el caso de los menores de edad, deberá firmar cualquiera de sus padres, o quien tenga atribuida su guarda y custodia.

Españoles: Fotocopia del DNI de los mayores de 14 años.

Extranjeros no comunitarios: Copia de la tarjeta de residencia en vigor o del pasaporte en vigor.

Extranjeros Comunitarios o asimilados: Copia de la tarjeta de residencia  en vigor, pasaporte en vigor o tarjeta de identidad del país de origen en vigor o copia del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros acompañado del pasaporte o tarjeta de identidad del país de origen en vigor.

Menores extranjeros nacidos en España hasta los tres meses de edad: Libro de Familia o Certificado de Nacimiento. Pasados los tres meses, los mismos documentos que para los mayores extranjeros.

Menores Extranjeros no nacidos en España: Los mismoa documentos que para los mayores extranjeros.

En el caso de menores de edad, documentación acreditativa de la representación, según los casos:

1.-Menor que se empadrona con ambos progenitores: Fotocopia del Libro de Familia o Certificado de nacimiento y la solicitud de empadronamiento firmada por ambos.

2.-Menor que se empadrona con uno solo de los progenitores: Fotocopia del Libro de familia o certificado de nacimiento, acompañado de la autorización del otro progenitor. Cuando no se disponga de la firma de ambos, se aportará Declaración Responsable (según modelo disponible en esta página web).

  • Supuestos de separación o divorcio: Se instará en exclusiva por el progenitor que ostente la guarda y custodia, lo que deberá acreditar mediante la correspondiente resolución judicial.
  • Guarda y custodia compartida otorgada por resolución judicial: En este caso se requiere además autorización del otro progenitor, salvo que la resolución judicial fije el domicilio del menor, en cuyo caso se estará a lo que dicte  dicha resolución.

3.-Menor que se empadrona en domicilio distinto al de sus padres o tutores: Autorización de los padres o tutores permitiendo el alta, o de uno de ellos junto con la correspondiente Declaración Responsable, salvo que éste tenga confiada la guarda y custodia en exclusiva; Autorización del titular de la vivienda, aceptando el alta; Fotocopia del DNI de los firmantes; Fotocopia del Libro de Familia o certificado de nacimiento.

Fotocopia del justificante del título que legitime la ocupación de la vivienda, solamente uno de ellos y pueden ser: copia de la escritura de propiedad, del contrato de alquiler vigente para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler pagado (donde deberán constar los datos necesarios para identificar el alquiler: arrendador, arrendatario, dirección del alquiler y fecha de pago), copia del contrato o factura de agua, gas, electricidad o teléfono fijo actualizada.

En el caso de que consten empadronadas otras personas, será necesario la autorización por escrito con copia de DNI, o documento análogo de la persona mayor de edad que disponga en la actualidad de la posesión efectiva de la vivieda (propiedad, alquiler, autorización del dueño, etc.), y que figure empadronada en ese domicilio.

IMPORTANTE

LA INSCRIPCIÓN PADRONAL DE LOS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE DEBERÁ SER OBJETO DE RENOVACIÓN PERIÓDICA CADA DOS AÑOS. LA NO RENOVACIÓN CONLLEVARÁ LA CADUCIDAD DE LA INSCRIPCIÓN Y POR TANTO LA BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES SIN NECESIDAD DE AUDIENCIA PREVIA DEL INTERESADO ( LEY ORGANICA 14/2003, DE 20 DE NOVIEMBRE, MODIFICADORA DE LA LEY 7/1985 DE 2 DE ABRIL.)

 "El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio y realizar de oficio las actas de instrucción necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos consignados en la solicitud."