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AYUDAS INUNDACIONES 2022

23.12.2022

Las precipitaciones persistentes y de intensidad excepcional que han afectado al término municipal de Badajoz durante los últimos días, y especialmente los días 13, 14 y 15, del mes de diciembre, ocasionadas por la borrasca “Efraín”, han provocado la crecida del río Guadiana, sus arroyos y afluentes a su paso por el término municipal, la evacuación y rescate de personas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Servicios de Emergencias, la paralización de servicios públicos esenciales y la producción de elevados daños materiales y personales, en viviendas, empresas, producciones agrícolas o ganaderas, vehículos, infraestructuras municipales y de la red viaria, así como la activación del Plan de Emergencia Municipal de Badajoz y el Plan Especial por Inundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (INUNCAEX).

 

            Como en ocasiones anteriores, es de destacar la encomiable labor de los servicios de emergencia tales como Bomberos y de la Policía Local, Guardia Civil, Policía Nacional, Protección Civil, y Servicios de Emergencia 112, Servicios Sociales Municipales, Cruz Roja, Cáritas, y todas esas personas que, desde sus diferentes responsabilidades públicas, así como voluntarios y vecinos, están contribuyendo a paliar los daños sufridos en el término municipal de Badajoz.

            La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, prevé, en su artículo 23, que las administraciones públicas, cuando se produzcan daños personales o materiales derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada o cuando se produzca la paralización, como consecuencia del mismo, de todos o algunos de los servicios públicos esenciales, podrán solicitar la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

            En el entendimiento de que, en el área del término Municipal de Badajoz, como consecuencia del temporal y desbordamiento del río Guadiana, sus arroyos y afluentes, ocasionado por la borrasca “Efraín”, se dan los supuestos de hecho que la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil prescribe para instar la solicitud de declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil; la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Badajoz, previa deliberación, acordó el 16 de diciembre de 2022 que el Ayuntamiento de Badajoz solicite al Gobierno de España la declaración de su término municipal, como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, conforme a lo previsto en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

            Así mismo, se hace necesario poner a disposición de las familias y empresas afectadas, de manera urgente, a través del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz, una batería de ayudas de emergencia que vengan a paliar la grave situación en la que han quedado las viviendas e instalaciones, fruto de las inundaciones. Grandes son las pérdidas materiales que se han producido, dejando en grave situación de vulnerabilidad a familias que tienen su domicilio en las casas afectadas, así como las empresas que han sufrido graves pérdidas materiales en sus instalaciones, dejándoles sin herramientas ni bienes para poder retomar su actividad. Dándose la circunstancia de que el tejido empresarial de la zona lo forman pequeñas empresas y autónomos, que cuentan con escasos recursos para su autogestión.

            II.-La Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, en su artículo 25.e), atribuye como competencias propias de los municipios, entre otras, “la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”. Dichas competencias se ejercen por el Ayuntamiento de Badajoz, a través del Instituto Municipal de Servicios Sociales.

 

            La competencia para aprobar la resolución de estas ayudas le corresponde a la Vicepresidencia del Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 2º de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, y el artículo 17, apartado 18, y artículo 18 de los Estatutos del Instituto Municipal de Servicios Sociales de esta capital, en relación con los Decretos de Delegación de Funciones de la Alcaldía-Presidencia del I.M.S.S., de fecha 30/6/2021 y 1/7/2021; publicados en el B.O.P. de Badajoz de fecha  6/07/2021 .

 

            La concesión de ayudas o subvenciones, en atención a necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones. Se entenderá por situación de emergencia el estado de necesidad sobrevenido a una comunidad de personas ante un grave e inminente riesgo colectivo excepcional, el cual, por su propio origen y carácter, resulta inevitable o imprevisible, y que deviene en situación de naturaleza catastrófica cuando, una vez actualizado el riesgo y producido el hecho causante, se alteran sustancialmente las condiciones de vida de esa colectividad y se producen graves daños que afectan a una pluralidad de personas y bienes.

 

            El procedimiento de concesión se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Y la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz (BOP del 2 de febrero de 2009). En tanto en cuanto, las ayudas se otorgarán en régimen de concesión directa en aras del interés público y social derivado de las singulares circunstancias que concurren en una situación de emergencia, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

            III.- Las ayudas por el importe máximo de 350.000 €, se imputarán con cargo a la partida 81.231.480 del presupuesto del Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz correspondiente al año 2022, sin el menoscabo de las modificaciones presupuestarias que hayan de realizarse u otros mecanismos contables,  para la financiación de ayudas  económicas dirigidas a cubrir graves situaciones de necesidad y otros gastos excepcionales a  familias y empresas residentes en el término municipal de Badajoz, afectadas por las consecuencias de las inundaciones producidas por la borrasca “Efrain”, encargándose la gestión de dichas ayudas al Instituto Municipal de Servicios Sociales.


Actualizado: 23.12.2022