Participación pública en proyectos normativos
Participación pública en proyectos normativos
Fundamentación:
- Artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Consulta pública previa
El objeto del trámite de consulta pública previa es recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por un futuro proyecto normativo.