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REGLAMENTO REGULADOR DE LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

06.05.2021

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de REGLAMENTO REGULADOR DE LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

 

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en al artículo 16 de la Ley 39/2015.

 

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa: Dotar a este Ayuntamiento de un instrumento que permita cumplir con lo dispuesto en la normativa de aplicación a la administración electrónica.

Necesidad y Oportunidad de su aprobación: Contar con el instrumento jurídico que dé cobertura a la creación de la sede electrónica del Ayuntamiento.

Objetivos del Reglamento: Posibilitar las relaciones con los administrados y con otras Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.