04/01/2008
Badajoz es principalmente ciudad de servicios y comercio y, como tal, con una importante relevancia regional que es, además, motor de desarrollo, riqueza y bienestar para sus ciudadanos y visitantes. Así mismo, la situación geográfica de nuestra ciudad hace que éste carácter tenga una importante proyección e influencia en las ciudades vecinas de Portugal.
La regulación comercial en nuestra región cobra un nuevo impulso con la aprobación por la Asamblea de Extremadura de la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, haciendo necesario, por tanto, adecuar la Ordenanza Municipal relativa a la venta ambulante a los criterios de aquella. No obstante, también se requiere que la Ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante en Badajoz cubra de forma general todas las variedades posibles de la misma y que tienen en nuestra ciudad una tradición veterana, a la que la norma municipal hasta ahora vigente no daba concreta respuesta. Se trata, entre otras, de la venta de helados, la venta de castañas asadas o la venta de flores en días señalados.
Se pretende, en definitiva, que esta Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante, sirva para modernizar la actividad económica y ofrezca también mayores garantías de servicio tanto a los consumidores como a los propios profesionales de la venta ambulante.