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BiBa: Bicicleta Pública de Badajoz

30.10.2017

Ordenanza reguladora

Desde la irrupción de la bicicleta en el siglo pasado en nuestro país, las ciudades y pueblos españoles no la han acogido con la misma relevancia que en otros países europeos. La inseguridad que genera el tráfico automovilístico y la utilización masiva del mismo ha condenado a los usuarios de este transporte sano, limpio y seguro.

Con el fin de fomentar nuevos sistemas de transporte, e intentando desplazar los modelos actuales, por su impacto para la calidad de vida en la ciudad, el Ayuntamiento de Badajoz pretende impulsar la bicicleta como
sistema alternativo positivo, promoviendo el uso de la misma, debido a las ventajas que este vehículo tiene en la mejora del tráfico, como medio de transporte que cubre con eficacia las necesidades diarias de desplazamiento y
que contribuye a la reducción de los índices de contaminación y de ruido.

La presente demanda de nuevos medios para la movilidad en nuestra ciudad nos lleva a plantear el presente proyecto municipal, ahora realidad, de instalación de puntos de préstamo de bicicletas al público, no como un servicio
más del Ayuntamiento, sino como una alternativa real para el desarrollo efectivo de una movilidad sostenible.

El sistema de préstamo, además de ser un servicio más del Ayuntamiento, tiene como objetivo que los ciudadanos comprueben la efectividad que en sus desplazamientos tiene el uso de la bicicleta, así como las bondades derivadas del uso continuado de la misma (reducción en los tiempos de desplazamiento y mejora de la salud física y mental, entre otros), siendo el fin último perseguido que los usuarios adquieran su propia bicicleta y la empleen de forma habitual para sus desplazamientos.

La total ausencia de una regulación en este sentido en nuestro municipio conlleva la necesidad de la elaboración y aprobación de una Ordenanza que regule el acceso a dichos servicios, así como su organización y
funcionamiento.

La presente Ordenanza, fruto de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a las Entidades Locales en el artículo 4º de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como
en el Decreto de 17 de junio de 1.955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pretende establecer los procedimientos para el acceso y utilización de dicho servicio de préstamo de
bicicletas, así como determinar el control sobre los mismos.
 


Actualizado: 30.10.2017