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Padrón Municipal

Causar BAJA por traslado a otro municipio o al extranjero

30.11.-1

La baja en un municipio es como consecuencia del alta en el municipio o consulado del país de residencia, por lo que no necesita solicitud. El Ayuntamiento que tramite el alta es el encargado de notificar la misma en los primeros 10 días del mes siguiente para que se proceda a su BAJA en el municipio anterior.

Cuando la baja es solicitada por una extranjero por renuncia a seguir en el Padrón de Habitantes por traslado a otro país, con el que no se mantiene acuerdo en esta materia, solicitará su baja por escrito en el Registro General, con copia de su documento de identidad en vigor, con indicación expresa del país al que se traslada y facultando a este Ayuntamiento para que pueda si lo considera conveniente remitir a otras Administraciones su petición de baja.