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Bomberos del Ayto. de Badajoz - Prevención

Planes de Autoprotección

La Norma Básica de Autoprotección, que se acompaña como documento adjunto, establece una serie de actividades a las que le es exigible la confección de un Plan de Autoprotección. La citada Norma establece que las entidades locales pueden ampliar el listado de actividades a las que es exigible que dispongan de Plan de Autoprotección.

La Ordenanza Municipal de Protección Contra Incendios vigente, que también se incorpora como documento adjunto, amplió el listado de actividades a las que les es de aplicación la Norma Básica de Autoprotección.

Todas las entidades afectadas tienen, además, que realizar un simulacro anual para la comprobación de la operatividad del Plan.

La novedad de la Norma Básica de Autoprotección es que exige que se identifique a los responsables del Plan, de su mantenimiento y de la implantación del mismo, lo que incluye la formación de los empleados y la realización de simulacros, por lo que las responsabilidades legales en caso de incumplimiento se dirigen no solo a la entidad afectada, sino también a personas concretas.

El Ayuntamiento de Badajoz debe disponer de un Registro de Planes de Autoprotección donde deben estar inscritos los Planes de todas las entidades radicadas en el Término Municipal de Badajoz que estén afectadas por esta exigencia según la Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios. La Junta de Extremadura creó un Registro donde deben estar inscritos los Planes de todas las actividades afectadas por la Norma Básica de Autoprotección de la Comunidad Autónoma de Extremadura.